Glosario

Delegados de personal

Representantes del conjunto de los trabajadores de una empresa o centro de trabajo que cuente con más de diez trabajadores y menos de cincuenta; también puede haber un delegado de personal en aquellas empresas o centros que cuenten con entre seis y diez trabajadores, si así lo deciden éstos por mayoría. Se eligen por todos los trabajadores de la empresa a través del correspondiente procedimiento electoral en la siguiente cuantía: hasta treinta trabajadores, uno; de treinta y uno a cuarenta y nueve, tres. En este último caso, ejercen mancomunadamente su actividad representativa ante el empresario, lo que significa que actúan por mayoría. Tienen las mismas competencias y garantías que los miembros de comités de empresa y se encuentran obligados por las mismas normas sobre sigilo profesional.